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Dos formas de obtener la nacionalidad colombiana

    El artículo 15 de la declaración universal de los derechos humanos establece que toda persona tiene derecho a una nacionalidad y que no se puede privar a nadie de ella, ni privarle tampoco del derecho a cambiarla. Se trata de un derecho inalienable. Pero, ¿qué es entonces la nacionalidad?

    Las definiciones varían un poco de un país a otro, y el marco de la nacionalidad siempre está dentro del concepto de una identidad asociada a la cultura, la historia y el idioma común, y muchas veces en torno al espacio geográfico en que se nace. Pero en casi todos los países, la nacionalidad es entendida como un vínculo jurídico entre un ciudadano y un Estado, un vínculo que implica consigo una serie de derechos y obligaciones.

    En latinoamérica la nacionalidad posee una definición semejante. En concreto en Colombia, la nacionalidad es entendida como un vínculo jurídico, político y anímico entre una persona y un Estado. Quien adquiere la nacionalidad colombiana, no solo gana los derechos del ciudadano colombiano, sino una serie de deberes que debe cumplir para con el Estado y el resto de sus connacionales.

    Entonces, ¿quiénes pueden adquirir u obtener la nacionalidad colombiana?, ¿cuáles son las condiciones o requisitos que hay que cumplir?

    Maneras de adquirir la nacionalidad colombiana

    La cancillería colombiana establece que la regulación de la nacionalidad será materia de la legislación interna del Estado. El marco legal que fundamenta esta regulación incluye  la Constitución Política (de 1991) y la Ley 43 de 1994.

    Estas leyes establecen que existen dos vías fundamentales para la adquisición de la nacionalidad colombiana: la nacionalidad por nacimiento y la nacionalidad por adopción.

    Nacionalidad por nacimiento

    Esta forma de adquisición de la nacionalidad está contemplada en el artículo 96 de la constitución del país, el cual establece que son nacionales por nacimiento los naturales de Colombia (es decir, que hubiesen nacido dentro del territorio del país), siempre y cuando el padre o la madre fuesen también naturales o nacionales colombianos.

    También considera como nacionales colombianos a aquellos hijos de extranjeros que hubiesen nacido dentro del territorio de la república, siempre y cuando al menos uno de sus padres estuviese legalmente domiciliado en el país al momento del nacimiento.

    Adicionalmente, esta constitución también considera como nacionales por nacimiento a los hijos de padre o madre colombiana que hubiesen nacido en el extranjero. Sin embargo, en este caso, para hacer valer la nacionalidad deben reclamarla, ya sea domiciliándose dentro del territorio colombiano o registrándose en una oficina consular de Colombia en el país en el que estén residiendo.

    Por último, el artículo 96 también establece que ningún colombiano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad. Es decir, si el ciudadano cumple con alguna de las condiciones mencionadas hasta ahora, es su derecho inalienable el ser reconocido (si así lo desea) como nacional colombiano. Puede consultar el artículo de la constitución en este enlace para más información.

    Si desea ampliar más en detalle la información relacionada a este proceso, puede consultarnos directamente o dirigirse al siguiente enlace.

    Nacionalidad por adopción

    El artículo 96 de la constitución define también las condiciones para adquirir la nacionalidad colombiana por adopción, una modalidad abierta para los extranjeros que no tengan ningún vínculo sanguíneo con algún nacional colombiano.

    En primer lugar, para obtener la nacionalidad en esta modalidad se debe contar con una Carta de Naturalización, la cual debe solicitarse a las autoridades colombianas. Los ciudadanos por nacimiento de los países latinoamericanos y del Caribe, en lugar de esta carta, deben proceder mediante una Resolución de Inscripción.

    Esta modalidad también se aplica para los miembros de los pueblos indígenas fronterizos, en virtud del principio de reciprocidad del derecho internacional.

    ¿Dónde dirigirse para iniciar el proceso de adquisición de la nacionalidad?

    Si quien desea adquirir la nacionalidad colombiana se encuentra en el exterior, debe dirigirse al consulado colombiano más cercano para dar inicio al trámite. Ésto sólo es válido para reclamar la nacionalidad por nacimiento.

    En el caso de residir dentro del territorio Colombiano, si la persona se encuentra en la categoría de nacionalidad por nacimiento, debe dirigirse a la Registraduría más cercana para proceder a registrarse como nacional colombiano.

    Si en cambio, la persona procediera a solicitar la nacionalidad por adopción, el trámite deberá realizarse vía online a través de este enlace. La modalidad por adopción sólo puede tramitarse si la persona reside legalmente en Colombia.

    La Registraduría Nacional del Estado Civil es la autoridad competente en los asuntos relacionados con la nacionalidad colombiana por nacimiento. Por su parte, el Presidente de la República de Colombia y, por delegación, el Ministro de Relaciones Exteriores, son las autoridades nacionales competentes frente a la nacionalidad colombiana por adopción.

    ¿Cuáles son los requisitos para adquirir la nacionalidad colombiana?

    Los requisitos que debe reunir una persona para solicitar y obtener la nacionalidad colombiana dependerán de la modalidad o caso en que se encuentre. En líneas generales, siempre se requerirá que se pruebe la identidad de la persona mediante registros de nacimiento, ya sean colombianos o del exterior, y en algunos casos esto aplica también para los padres del solicitante.

    Requisitos para la obtención de la nacionalidad por nacimiento

    En este caso, la persona debe encontrarse en alguno de los casos mencionados en el artículo 96 de la constitución de Colombia:

    1. Ser hijo de padre o madre colombiano, nacido dentro del territorio de Colombia.
    2. Ser hijo de padre o madre colombiano, nacido en el extranjero.
    3. Ser hijo de extranjeros, siempre y cuando estos estuviesen legalmente residenciados en Colombia.

    En el primer caso, la persona es reconocida como colombiana al momento del nacimiento y registrada como tal.

    Los hijos de padre o madre colombiano que hayan nacido en el extranjero, deberán dirigirse al consulado más cercano en su país de residencia y presentar:

    • Original de la partida o certificado de nacimiento. Este documento deberá estar apostillado o legalizado, según sea el caso.
    • Original y fotocopia de las cédulas de ciudadanía de los padres. En caso de que uno de los padres no sea colombiano, se debe presentar pasaporte o ID vigente y fotocopia del mismo.
    • Si el padre o la madre hubiesen fallecido, se requerirá la copia del acta o registro de defunción.
    • Si el solicitante es menor de edad, se requerirá la presencia del padre o madre colombiano. Si es mayor de edad, puede realizar la solicitud por sí mismo, presentando sólo el pasaporte o documento de identidad vigente.
    • El solicitante deberá conocer su grupo sanguíneo.

    Si en cambio, se trata de una ciudadano hijo de extranjeros y que hubiese nacido en Colombia, deberá dirigirse a la Registraduría más cercana con la siguiente documentación:

    • Registro Civil de Nacimiento.
    • Documento de identidad de los padres o pasaporte vigente.
    • Visa de los padres que demuestre que se encontraban domiciliados en Colombia al momento del nacimiento.
    • El solicitante deberá conocer su grupo sanguíneo.

    Así mismo, el ciudadano hijo de extranjeros puede solicitar que en el registro civil de nacimiento sea incluida la nota “Válido para demostrar nacionalidad”, ya que esta será necesaria para solicitar la cédula de ciudadanía por primera vez.

    Para obtener esta nota, deberá acercarse a la Registraduría en donde se realizó la inscripción del nacimiento y pedir al funcionario la inclusión de la nota en el registro. Las autoridades de la Registraduría estudiarán el caso y procederán a entregar el nuevo Registro Civil de Nacimiento con la nota incluida.

    Requisitos para la obtención de la nacionalidad por adopción

    Para solicitar la nacionalidad por medio de esta modalidad, la persona debe contar en primer término con un estatus de residente en su visa y tener un período mínimo de permanencia en el país. Este período depende del origen de la persona:

    • Para latinoamericanos y del Caribe por nacimiento: deben haber estado residenciados por un año continuo en Colombia antes de presentar la solicitud.
    • Para los españoles por nacimiento: deben haber estado residenciados por dos años continuos en Colombia antes de realizar la solicitud.
    • Para los extranjeros que no sean latinoamericanos, del Caribe o españoles: deben haber estado residenciados por cinco años continuos en Colombia antes de realizar la solicitud. Este período de espera puede ser reducido a 2 años si el extrajero está casado(a) con un nacional colombiano, si es compañero(a) permanente de un nacional colombiano, o si tiene hijo(a)s colombianos.

    En los tres casos, se inicia la cuenta del tiempo mínimo de permanencia a partir de la adquisición de la visa de residente. Es importante acotar que si el extranjero no tiene Visa de Residente y posee otro tipo de visa, no podrá aplicar al estudio del proceso de nacionalidad colombiana por adopción.

    En cualquiera de los tres casos mencionados, se deberán presentar los siguientes documentos:

    • Memorial o carta dirigida al Ministerio de Relaciones Exteriores, solicitando la nacionalidad colombiana.
    • Copia simple de la cédula de extranjería vigente.
    • Copia simple de la visa de residente vigente.
    • Una foto actual del rostro del solicitante, de frente, en fondo blanco y de tamaño 4×5 cm.
    • Copia simple de la página de datos biográficos del pasaporte.
    • Acreditar la ocupación u oficio:
    • Registro civil de matrimonio si es casado(a) con un colombiano(a), o prueba de la unión marital de hecho. Si el solicitante tuviese hijos(as) de nacionalidad colombiana, deberá presentar los respectivos registros civiles de nacimiento.
    • El solicitante deberá conocer su grupo sanguíneo.

    Actualmente, el proceso de solicitud se realiza de forma virtual (en este enlace puede iniciar el trámite). Los documentos deben subirse a la plataforma en formato PDF y las imágenes en formato JPG.

    Si se encuentra interesado en conocer más sobre estos aspectos, puede consultarnos directamente, o dirigirse al siguiente enlace.

    ¿Cómo obtener la nacionalidad colombiana?

    Los pasos en específico dependerán de la modalidad de adopción que le corresponda a la persona y, en parte, del lugar de residencia del solicitante.

    ¿Cómo solicitar y obtener la nacionalidad por nacimiento?

    En este caso, la solicitud se realiza yendo directamente a la sede de la registraduría o al consulado y consignando los documentos. El funcionario encargado de llevar el registro civil le solicitará a la persona declarar bajo juramento, que el nacimiento no se ha inscrito ante una autoridad colombiana hasta ahora.

    Posteriormente se procederá a validar la autenticidad de los documentos y a estudiar el caso. También es posible que se le realicen algunas preguntas al solicitante, en relación a la naturaleza de los documentos consignados.

    Una vez terminado el proceso de verificación, se procederá a expedir el certificado de nacionalidad mediante la Dirección Nacional de Identificación, en el  Centro de Atención e Información Ciudadana, CAIC. Luego de esto, el ciudadano puede proceder a solicitar su cédula de ciudadanía.

    ¿Cómo solicitar y obtener la nacionalidad por adopción?

    Como se mencionó, el proceso de solicitud de la nacionalidad se realiza vía online, adjuntando la documentación digitalizada en formato PDF y JPG (para las fotografías) en este enlace.

    Una vez creada la solicitud, debe pagar el costo del arancel del trámite, que en en la actualidad tiene un valor de 700.000 pesos colombianos. Puede realizarse la cancelación del arancel mediante el vínculo de cobro en la plataforma virtual, o mediante el pago o depósito en el banco GNB Sudameris y sólo ante esa institución.

    A partir del momento en que el pago del trámite es realizado, la solicitud pasa a una autoridad conocida como Grupo de Nacionalidad, la que dispondrá de dos meses para estudiar los documentos aportados. Si llegase a requerirse algún documento adicional o si faltase otro, se le notificará al solicitante para que lo envíe a su vez.

    Cumplido con este paso, el expediente es enviado a Migración Colombia y a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), quienes a su vez realizarán otros estudios sobre los datos del solicitante. Por su parte, el solicitante deberá prepararse para el examen de evaluación, que será aplicado por la Gobernación del departamento en donde reside.

    En este examen, el solicitante debe demostrar conocimientos y dominio sobre la constitución política colombiana, sobre geografía y sobre historia de Colombia. Si adicionalmente, el solicitante proviene de un país no hispano, deberá demostrar dominio del idioma español.

    Si el ciudadano supera todas las evaluaciones, el Grupo de Nacionalidad procede a aceptar la solicitud y será emitida la Carta de Naturaleza o la Resolución de Inscripción, según corresponda a la procedencia del solicitante.

    Acto seguido, la Carta o Resolución es enviada a la Gobernación en donde reside el solicitante. Este debe acercarse a la sede de dicha Gobernación para la toma de Juramento de la nacionalidad, con lo que se formaliza de hecho la nacionalización de la persona.

    En este punto, el proceso de adopción de la nacionalidad finaliza y el ciudadano puede proceder a solicitar su cédula de ciudadanía, así como a actualizar su documentación y registros, en caso de que hubiese realizado alguno en su estatus previo como extranjero residente.

    Bibliografía


    32 pensamientos sobre “Dos formas de obtener la nacionalidad colombiana”

    1. Buenas noches como están?Mis hijos tienen cédula colombiana por su padre yo soy venezolana puedo obtener los papeles colombianos por medio de ellos?

          1. Gracias por escribirnos.

            En respuesta a su consulta, si no ha renunciado a la nacionalidad colombiana en ningún momento, usted podrá iniciar los trámites para la solicitud de nacionalidad colombiana para sus hijos, presentando los siguientes documentos: acta de defunción de su madre, su partida de nacimiento como constancia del vínculo (madre – hijo) y su documento de identidad, lo que puede hacer ante los consulados de Colombia en Venezuela, o en las registradurías civiles que existen en los municipios y departamentos de Colombia.

            Algo que debe considerar es si renuncio a la nacionalidad colombiana y la fecha en la que lo realizo, ya que podría afectar el proceso. Anexamos un fragmento con información que puede serle útil.

            Pérdida automática de la nacionalidad:

            Si adquirió otra nacionalidad mediante Carta de Naturaleza en país extranjero antes del 7 de julio de 1991, usted perdió de forma automática la nacionalidad colombiana, aunque su cédula de ciudadanía colombiana se encuentre vigente, debido a que la Constitución de 1886 no permitía tener doble nacionalidad.

            Tenga en cuenta que la actual Constitución Política permite tener dos o más nacionalidades, por lo tanto, si usted adquirió otra nacionalidad después del 7 de julio de 1991, no se requiere adelantar el trámite de Recuperación de la Nacionalidad, toda vez que usted no perdió la nacionalidad colombiana.

            Esperamos esta información le sea de utilidad.

            Quedamos atentos a sus comentarios. Feliz día!

    2. Buenas tardes. Mis hijos son nacidos en Esrados Unidos. Pero su papa es de nacionalidad Colombiana.
      Como pueden optener una cedula colombia. ??

    3. buen dia soy venezolana, mi padre es colombiano pero fallecido, como puedo sacar mi nacionalidad o cedula colombiana que requisitos necesito y donde puedo tramitarlos? gracias

      1. Buenas tardes Sra Isamar
        Gracias por su consulta.
        Si puede obtener la nacionalidad colombiana, la constitución le otorga ese derecho a los hijo de nacionales colombinos

    4. Luz marina Belandria varon

      Buenas tarde quiero que me hagan el favor de explicarme como hago para obtener la cedula colombiana siendo venezolana de madre colombina pero ella esta muerta y no saco cedula colombiana solo tengo el registro civil porque ella emigro para venezuela muy pequeña.

    5. Buenas tardes! me dirijo a usted muy respetuosamente a los fines de solicitar asesoría en lo siguiente nuestros padres (ambos madre y padre) son colombianos por nacimiento y yo soy venezolana; mi madre le puede otorgar la nacionalidad a mis hijos ; es decir a sus nietos
      Agradecida
      Feliz dia

      1. Buenas tarde Sra Marely
        Gracias por su consulta.
        Sus hijos pueden obtener la nacionalidad colombiana una vez usted la haya adquirido.Feliz Día!

    6. Buen día, sabiendo la situación con los consulados en Venezuela, cual sería el procedimiento y recaudos para solicitar la cédula colombiana siendo venezolano hijo de padres colombianos, de antemano gracias

      1. Gracias por su consulta. En este caso para poder optar por la nacionalidad colombiana debe hacerlo a través de su madre o padre, no puede obtenerla de su abuela.

    7. Buen día en este caso mi madre está fallecida y perdió la nacionalidad antes del 1991. Significa que sus hijas no podemos obtener la nacionalidad colombiana porque no hay forma que ella recupere su nacionalidad por estar fallecida? O que otra opción tenemos en este caso. Gracias

      1. Es correcto, ya no puede realizar la solicitud de la nacionalidad por descendencia. La opción que tiene es solicitar la nacionalidad luego de obtener la residencia permanente.

      1. Gracias por su consulta. No puede obtener la nacionalidad Colombiana por su hijp. Tiene la opción de obtener la nacionalidad si está casada con un nacional colombiano y para ello debe estar domiciliada en Colombia durante los 2 año en forma continua antes de realizar la solicitud.

      2. Gracias por su consulta. No puede obtener la nacionalidad Colombiana por su hijo. Tiene la opción de obtener la nacionalidad si está casada con un nacional colombiano y para ello debe estar domiciliada en Colombia durante los 2 año en forma continua antes de realizar la solicitud.

    8. Hola buenas tardes tengo una bebe nacida en colombia su papa es colombiano atravez de ella puedo conseguir o sacarme la cedula siendo yo Venezolana. gracias

      1. Gracias por su consulta. No puede obtener la nacionalidad Colombiana por su hija. Tiene la opción de obtener la nacionalidad si está casada con un nacional colombiano y para ello debe estar domiciliada en Colombia durante los 2 año en forma continua antes de realizar la solicitud.

    9. Buenas tardes. Me gustaría saber siendo yo hija de padres colombianos. Podría obtener la ciudadanía colombiana siendo yo nacida en Venezuela.

    10. Hola mi hijo bacio in Italia…yo soy il papa italiano….
      Mia esposa colombiana qe documento necesita por pedir la cedula del bebè in territorio Colombiano…

      1. Gracias por su consulta. Entre los requisitos que debe presentar se encuentran: partida de nacimiento apostillada, original y copia de la cédula de la madre . Una vez elaborado el registro civil de nacimiento, se da inicio al procedimiento para la obtención de la cédula de ciudadanía colombiana. Puede realizar la solicitud ante los consulados de Colombia en Italia, o en las registrarías civiles que existen en los municipios y departamentos de Colombia.

    11. Buenas tardes, mi abuelo ya fallecido era Colombiano, tenemos su Nro de cédula electoral (la que aplicaba para la fecha) mas no la copia y tenemos el acta de defunción de mi abuelo apostillada en Venezuela, actualmente mi papa se encuentra en Colombia para agilizar ese tramite. Que procedimiento se debe hacer para que mi papa obtenga la ciudadania colombiana, para después obtenerla yo?

      1. Si su Abuelo no renuncio a la nacionalidad colombiana en ningún momento,su papá podrá iniciar los trámites para la solicitud de nacionalidad colombiana, presentando los siguientes documentos: acta de defunción de su Abuelo, partida de nacimiento como constancia del vínculo (Padre – hijo) y su el documento de identidad de su padre, puede realizar la solicitud ante los consulados de Colombia en Venezuela, o en las registradurías civiles que existen en los municipios y departamentos de Colombia.

        Algo que debe considerar es si su abuelo renuncio a la nacionalidad colombiana y la fecha en la que lo realizo, ya que podría afectar el proceso. Anexamos un fragmento con información que puede serle útil.

        Pérdida automática de la nacionalidad:

        «Si adquirió otra nacionalidad mediante Carta de Naturaleza en país extranjero antes del 7 de julio de 1991, usted perdió de forma automática la nacionalidad colombiana, aunque su cédula de ciudadanía colombiana se encuentre vigente, debido a que la Constitución de 1886 no permitía tener doble nacionalidad.»

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