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La educación especial en los Estados Unidos cuenta con diferentes programas y leyes para asegurar un trato personalizado y de calidad. En conjunto con la implementación de fondos para cubrir todas las necesidades de la persona, así como una preparación adecuada para la vida laboral y personal. Los inmigrantes, tanto con estatus legal como irregular, tienen derecho a acceder al sistema de educación especial de Estados Unidos.

Derecho a la educación especial

El gobierno estadounidense ha establecido ciertas leyes en pro al derecho de educación especial de los individuos que residan en su territorio. Las leyes principales y que rigen gran parte del funcionamiento de este sistema son la Ley para la Educación de individuos con Discapacidades (IDEA) y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación.

Entidad encargada

La administración de la educación especial en los Estados Unidos está en manos de las autoridades estatales y locales. Lo que incluye los Departamentos de Educación de cada estado, la administración de los distritos escolares y el Consejo Directivo Escolar. En conjunto con la Agencia Educativa Local (LEA) en los niveles estatales, regionales o de distrito.Requisitos

Los requisitos para acceder a la educación especial en los Estados Unidos pueden variar según el estatus migratorio de la persona, dificultando en algunos casos los trámites. Sin embargo, existen unos requisitos generales que el individuo debe cumplir para poder obtener los beneficios relacionados a la educación especial:

  • Ser elegible como persona con discapacidad. El individuo debe aplicar para una o varias de las trece categorías de discapacidad de la IDEA; autismo, impedimento auditivo o sordera, impedimento auditivo y visual, impedimento visual o ceguera; trastorno emocional, discapacidad intelectual, múltiples discapacidades, impedimento ortopédico; otro impedimento de salud (incluyendo el trastorno de déficit de atención e hiperactividad), discapacidad específica del aprendizaje (incluyendo dislexia, discalculia y disgrafía); impedimento del habla o del lenguaje y lesión cerebral traumática.
  • La discapacidad que posea la persona debe impedir su correcta adaptación a su entorno y sistema educativo.
  • Solicitar la evaluación para la educación especial y recibir la aprobación del consejo educativo de elegibilidad.
  • Realizar el Programa de Educación Individualizado (IEP) si la persona clasifica en las categorías de discapacidad de la IDEA y estas restringen su desarrollo.
  • De no clasificar para los servicios de educación especial, debe realizar los trámites correspondientes para el plan 504 de la Sección 504 de Ley de Rehabilitación.

Las características del individuo y las dificultades que estas suponen para él, pueden o no aplicar para la protección total de la IDEA. Tomándose en consideración la variación en los servicios de educación especial en las diferentes instituciones públicas y privadas.


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