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Requisitos para revalidar el título profesional en Chile

    Al momento de emigrar a Chile como profesional, hay que estar informado sobre los requisitos para revalidar los títulos profesionales. Esto con el objetivo de poder trabajar en su campo y obtener mejores ingresos.

    Por revalidación se entiende: otorgar una certificación que demuestre que un título profesional obtenido en el extranjero es equivalente (en materia de conocimiento y programa académico) a un título otorgado por la Universidad de Chile u otro tipo de institución nacional de educación superior universitaria. Queda de parte del solicitante escoger el título universitario chileno por el cual desea revalidar su propio título .

    En el presente artículo, se hablará sobre los procesos y requisitos para el reconocimiento o revalidación de títulos profesionales en Chile.

    Las carreras técnicas no las revalidan

    Un factor a tomar en cuenta es que la Universidad de Chile únicamente realiza la homologación (revalidación) de títulos universitarios  de aquellas carreras que tengan una duración de 5 años; es decir, carreras con el grado de licenciado o ingeniero . Por lo tanto,  los títulos de Técnico Superior Universitario (TSU) quedan excluidos de este proceso.

    Sin embargo, para aquellas personas que obtuvieron el título de TSU y desean que dicho título universitario sea tomado en cuenta, tienen la posibilidad de solicitar una equivalencia y cursar en Chile las materias que les falten (según la malla curricular de la profesión equivalente) para así obtener un título que sea avalado  en Chile. Lo recomendable para este caso (carreras técnicas) es legalizar el título de TSU.

    Aclarado lo anterior, se procederá a explicar cómo legalizar los documentos en un consulado de Chile (un paso crucial para hacer los trámites de reconocimiento y revalidación), cómo hacer la convalidación de un título profesional o técnico, y cómo realizar la revalidación de títulos universitarios en este país.

    Cómo  legalizar los documentos en el consulado de Chile

    Los documentos más importantes que se deberán legalizar en el consulado de Chile son el título universitario y un certificado que indique la cantidad de horas académicas estudiadas

    Es importante acotar que la oficina de extranjería solamente reconoce como títulos de nivel técnico aquellos que hayan tenido una duración académica de 1600 horas. Para saber cuantas horas fueron realizadas durante una carrera, es necesario fijarse en el pensum, y ver si en el mismo se detallan las horas por materia (los créditos no serán tomados en cuenta).

    De lo contrario, se deberá solicitar a la institución académica correspondiente un documento que efectivamente señale la cantidad de horas académicas estudiadas.

    Legalizar los documentos en el consulado de Chile no tiene mayor complejidad: sencillamente se debe acercar al consulado de Chile ubicado en su país de origen con los documentos que desee legalizar y seguir las instrucciones del personal.

    Una vez hecho esto, al llegar a Chile, debe llevar sus documentos al Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile y completar el ciclo. Ahora se pasará a hablar de la convalidación de títulos.

    Nota: no todos los documentos pueden ser legalizados de esta manera. En caso que uno de sus documentos no pueda ser legalizado por el consulado, es importante consultar al personal cúal sería el procedimiento a seguir o a cual institución deberá dirigirse para completar el proceso.

    Cómo  revalidar títulos profesionales y técnicos

    Para que un título o grado obtenido en el extranjero permita a quien lo posee ejercer libremente la profesión en Chile, debe contar con la validación de la autoridad competente que corresponda.

    Actualmente la forma de realizar la revalidación depende mucho del país del solicitante. Por un lado,  existen varias alternativas para convalidar los títulos que hayan sido otorgados en un país que tenga convenio con Chile. Por otro, para los títulos que hayan sido recibidos en un país que no posee un convenio con Chile, tendrán que ser revalidados por la Universidad de Chile.

    Revalidación por convenios con Chile

    ¿Cuáles países tienen convenio con Chile? Los países que tienen tratados bilaterales con Chile son: Brasil, Colombia, Ecuador, España (este convenio sólo aplica para chilenos), Perú y Uruguay; mientras que los países que cuentan con tratados multilaterales con Chile son: Bolivia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, y Perú (todos los países con convenio multilateral están suscritos a la convención efectuada en Ciudad de México en el año 1902)

    Aclarado lo anterior, para todos aquellos títulos o grados que han sido otorgados por algún país en convenio con Chile, la revalidación se realiza: mediante un reconocimiento en el Ministerio de Relaciones Exteriores o mediante reconocimiento otorgado en el Ministerio de Educación de Chile. Explicaremos cada proceso por separado.

    Reconocimiento por el Ministerio de Relaciones Exteriores

    El reconocimiento por el Ministerio de Relaciones Exteriores consta de varias fases:

    A.- Exhibir documentación

    B.- Entrega de formulario de solicitud

    C.- Entrega de certificado de reconocimiento de título profesional

    D- Entrega de certificado de reconocimiento de título profesional

    A.- Exhibir documentación

    El interesado debe poseer y exhibir los siguientes documentos:

    • Título profesional (original).
    • Certificado de notas de la carrera expedido por la universidad o centro de estudios superiores (original).
    • Certificado  de autoridad del país en donde se expidió el título, en el cual se acredita la existencia legal de la universidad o casa de estudios superiores que expide el título (original).

    Este trámite debe ser realizado personalmente en la Sección Títulos del Departamento Jurídico Consular, dependiente de la Dirección General de Asuntos Consulares y de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores (ubicado en Calle Agustinas Nº 1320, primer piso; la atención es de lunes a viernes, de 09:30 a 12:30 horas )

    Observaciones:

    Los documentos solicitados deben estar debidamente autenticados (legalizados) por :

    • Las autoridades del país de origen por el respectivo Cónsul de Chile, y por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
    • Fotocopia del pasaporte en el caso de los extranjeros (sólo las páginas en que aparece la fotografía, los datos personales y la vigencia).

    B.-Entrega de formulario de solicitud

    Si el interesado ha completado su documentación, los funcionarios de la Sección Títulos le entregarán el respectivo formulario de solicitud de inscripción del título. Además de la inscripción, este formulario sirve a su vez para solicitar  el otorgamiento de un certificado de reconocimiento y el libre ejercicio profesional en Chile.

    Nota: La aceptación preliminar de esa documentación es “ad referendum”, esto es, preliminar, sujeta a doble revisión posterior de la misma, desde el punto de vista legal.

    C.- Entrega de la documentación por el interesado

    Una vez obtenido el formulario de solicitud (el cual se sugiere ser completado a máquina), el mismo debe ser firmado por un notario chileno, quien se debe identificar con su propio documento de identidad.

    Después, el formulario de solicitud debe ser entregado por el interesado en la oficina de partes de la secretaría de Estado (ubicado en la calle Bombero Salas N° 1345, Primer Piso, de lunes a viernes de 09:00 a 14 Hrs)

    Adicional a lo anterior, las fotocopias de los documentos mencionados deben seguir la fórmula “es copia fiel del original”, además de ser autorizadas por un notario público chileno.

    Vale la pena mencionar que el mismo instrumento debe ser empleado para cualquier otra petición posterior de copias de certificados de reconocimiento  (en cuyo caso se puede adjuntar una copia del mismo para facilitar el procedimiento)..

    D.- Entrega de certificado de reconocimiento de título profesional

    Finalmente, al cumplir con los pasos previos, la Sección Títulos del Departamento Jurídico Consular hará entrega de un certificado de reconocimiento del título profesional. Dicho certificado es el que habilita el libre ejercicio profesional.

    Notas:

    • En el caso de los licenciados en derecho o abogados, concluido el procedimiento, se entrega un “certificado de registro” en el cual se señala expresamente, que no habilita al ejercicio profesional el cual sólo procede luego que la Excma (Corte Suprema) otorga el correspondiente título de abogado.
    • En el caso de los licenciados en derecho, al culminar con este proceso se les entregará únicamente un “certificado de registro”. Este documento, si bien es necesario, no lo habilitará para el ejercicio profesional. Para que un abogado puede ejercer su profesión,  debe ser reconocido por la Excelentísima Corte Suprema de Chile, institución quel le otorgará el título de abogado.
    • Toda la gestión correspondiente al reconocimiento de títulos profesionales mediante el Ministerio de Relaciones Exteriores es gratuita (a excepción del pago por el servicio de traducción oficial de documentos en caso de ser requerido)
    • Hay profesiones en las que se exige presentar un examen general (especialmente en el área de medicina). Estas profesiones son: médicos, odontólogos, químico-farmaceutico, médicos veterinarios, nutricionistas; obstetras, kinesiólogos, tecnólogos médicos, enfermeras.

    La Universidad de Chile será la institución encargada de llevar a cabo el examen general. En caso de aprobar, esta universidad presentará un informe positivo al Ministerio de Relaciones Exteriores, el cual expedirá el certificado de Reconocimiento. En caso de no aprobarse el examen general (o que el solicitante no lo presente en el tiempo acordado), la Sección Títulos devolverá los documentos al solicitante.

    Reconocimiento por el Ministerio de Educación de Chile

    Aparte de los convenios antes mencionados, el Ministerio de Educación ha llegado a lograr acuerdos con los países de Argentina y Ecuador relacionados al reconocimiento de títulos. A continuación, explicaremos por separado en qué consisten tales acuerdos y procedimientos a ejecutar.

    Acuerdo de reconocimiento de títulos con Argentina

    El 16 de marzo de 2012, los ministros de educación de Chile y Argentina firmaron el “Acuerdo de reconocimiento de títulos profesionales y licenciaturas y títulos de grado universitario entre la República de Chile y la República de Argentina”. Este acuerdo entró en vigencia en 13 de octubre de 2013.

    El contenido del mismo estipula las condiciones para el reconocimiento de un título universitario en el caso de ambos países.

    En Argentina, se dará acreditación por un periodo mínimo de 4 años a los títulos profesionales y licenciaturas (de carreras acreditadas) adquiridas en universidades chilenas (que sean acreditadas institucionalmente).  La acreditación será respaldada por la Comisión Nacional de Acreditación (CNA).

    En Chile, se dará acreditación por un periodo mínimo de 6 años (o dos períodos de tres años) a los títulos profesionales y licenciaturas adquiridas (de carreras acreditadas) en universidades argentinas. La acreditación será respaldada por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU).

    Los requisitos exigidos por este convenio son:

    • Título profesional de licenciatura (original)
    • Certificado de concentración de notas o certificado analítico de materias original de la carrera, expedido por la Universidad.
    • Documento Nacional de Identidad.

    Una vez se tengan todos los documentos, se podrá solicitar una cita al ministerio de educación chileno a través del correo: titulo.argentina@mineduc.cl .

    En lo que concierne a los títulos que no aplican para este acuerdo; es decir, de las carreras que no son acreditadas por la CONEAU, tendrán que ser revalidados a través de la Universidad de Chile.

    Acuerdo de reconocimiento de títulos con Ecuador

    Por su parte, el 26 de febrero de 2017 entró en vigor el acuerdo acordado por Chile y Ecuador sobre el reconocimiento mutuo de títulos profesionales y grados académicos de Educación Superior.

    Todo título de pregrado o postgrado obtenido en alguna universidad ecuatoriana (categorizada como A o B), será reconocido por el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES), cuya sede está ubicada en la república de Ecuador. Esto se aplicará siempre y cuando sean títulos correspondientes a las carreras acreditadas por dicho convenio.

    Los documentos requeridos son los siguientes:

    • Título de pregrado o postgrado (original).
    • Record Estudiantil expedido por la Universidad (original).
    • Documento de Identificación,
    • Formulario de solicitud.

    Por supuesto, en el caso de las carreras de Medicina y Odontología, se debe obtener el Certificado del Examen de Habilitación para el Ejercicio Profesional (EHEP). Este certificado es entregado por el CEAACES en conjunto con la Secretaría de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación (SENESCYT).

    Los documentos antes mencionados deben ser legalizados en la SENESCYT y apostillados en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de Ecuador.

    Una vez en Chile, los documentos legalizados en el Ecuador deben ser fotocopiados y autorizados por Notario Público Chileno con la fórmula “es copia fiel del original”, junto con el Formulario de Solicitud de Reconocimiento completado, Cédula de Ciudadanía, Cédula de Identidad o Pasaporte.  Hecho esto, se procede a presentar la documentación en el Ministerio de Educación (Alameda 1371 Piso 9, oficina 901).

    Luego de ello, se deberá solicitar una cita para asistir al Ministerio de Educación a través del siguiente correo electrónico, titulos.ecuador@mineduc.cl

    Los requisitos deben ser entregados en la División de Educación Superior del Ministerio de Educación (Alameda 1371 Piso 9, oficina 901, Metro La Moneda). El solicitante debe presentarse con:

    • Formulario de Solicitud (autorizado por notariado).
    • Documento de Identificación y su fotocopia (autorizada por un notario).
    • Título (original) y su fotocopia (autorizada por un notario).
    • Record Estudiantil (original) y fotocopia (autorizada por un notario).
    • Certificado del EHEP emitido por CEAACES, en coordinación con la SENESCYT, (en caso de las carreras de Medicina y Odontología).

    Retiro de Certificado de Reconocimiento de Título

    Como cierre a este proceso, los documentos serán evaluados por los funcionarios del Ministerio de Educación. De ser aprobados, se volverá a citar al solicitante, el cual deberá presentarse con su título original. Ya en este punto, se le entregará el Certificado de reconocimiento de título y se colocará un timbre oficial del Ministerio de Educación en el Título original. Cabe agregar que la entrega del certificado puede llegar a demorar un mes.

    Costos del proceso

    Una vez que se revisaron, aceptaron y recibieron los documentos por parte del/de la ejecutivo de la Oficina, el/la solicitante deberá dirigirse a una sucursal del Banco Santander a pagar 2 UTM y entregar el comprobante de pago en la oficina de Revalidación y Reconocimiento. (Este comprobante se le entrega luego de revisar sus documentos, no se puede pagar antes de acudir a la cita).

    Posteriormente, la Oficina de Revalidación y Reconocimiento de Títulos y Grados, en un periodo aproximado de máximo 20 días hábiles (no se incluyen feriados y fines de semana), remitirá el expediente -que contiene los documentos presentados- a las Unidades Académicas correspondientes para que se realice el estudio del caso e informará al/a la solicitante de dicho envío por correo electrónico y carta al domicilio señalado por el peticionario.

    El interesado deberá pagar 3 UTM en las unidades para iniciar el estudio y revisión de los antecedentes y documentos, salvo en la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas que se contactará con el revalidante previamente.


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