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La visa de comerciante por tratado E-1, permite a un extranjero procedente de un país de tratado comercial, ser admitido en Estados Unidos únicamente para participar en el comercio internacional a nombre suyo. Ciertos empleados de dicha persona o de una organización calificada, también pueden optar por esta clasificación.
Tabla de Contenido
Duración
Este visado tiene una vigencia de 2 años.
Renovación
Hasta 2 años cada una sin límite de prórrogas.
Entidad Encargada
El Consulado o la Embajada de EE. UU. pertinente toma una decisión sobre la solicitud de visa inicial. El Centro de Servicios del USCIS procesa las renovaciones.
Requisitos para solicitar la visa E-1 de Estados Unidos
Para solicitar una visa E-1 fuera de los Estados Unidos, debe presentar varios documentos en el consulado del país del cual se trate. Tales como:
- Formulario de Solicitud IS-156E que incluya dirección de correo electrónico válida.
- Copia a color de la página de datos biográficos de su pasaporte.
- Curriculum vitae.
- Fotografía reciente del solicitante cumpliendo con los requisitos para fotografías.
- Llenar el formulario de visa de no inmigrante (DS-160).
- Artículos de incorporación (para corporaciones) u organizaciones con riesgos limitados para negocios americanos, al igual que certificados administrativos o formativos, certificados de acciones y/o acuerdos de operación para verificar la propiedad.
- Hoja de cálculo con las transacciones internacionales pertinentes entre países del tratado durante el último año calendario.
Para optar por la clasificación E-1, el comerciante o empresa por tratado debe demostrar que:
- Es ciudadano de un país con el cual los Estados Unidos tiene un tratado o convenio de comercio y navegación
- El comercio que lleva a cabo es de índole sustancial, es decir poseer un volumen continuo y considerable de comercio.
- El comercio que usted llevará a cabo es principalmente un intercambio entre los Estados Unidos y el país con tratado del cual está calificando como E-1.
- El título de los artículos comercializados se debe transferir de una de las partes implicadas a la otra.
- El solicitante de la visa debe tener conocimientos altamente especializado, para un desempeño eficaz de la compañía. Los trabajadores sin este conocimiento no califican.
Para optar por la clasificación E-1, el empleado de un comerciante por tratado debe:
- Tener la misma nacionalidad del empleador extranjero principal (que debe tener la nacionalidad del país del tratado)
- Cumplir con la definición de «empleado» según la ley pertinente, O bien participar en funciones de un carácter ejecutivo o de supervisión, o si se desempeña en una capacidad menor, tener calificaciones especiales.
Obligaciones del inmigrante
Un comerciante o empleado de tratado solo puede trabajar en la actividad para la cual fue admitido en el momento en que se otorgó la clasificación. Sin embargo, un empleado E-1 también puede trabajar para la compañía matriz de la organización del tratado o una de sus subsidiarias, siempre que:
- Se establezca una relación entre las organizaciones.
- El empleo subsidiario requiera habilidades ejecutivas, de supervisión, o esenciales.
- Los términos y condiciones de empleo no hayan cambiado.
Pasos para obtener el visado
- Llenar los formularios de solicitudes IS-156E
- Visite el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos para llenar el formulario de Solicitud de Visa de No Inmigrante en Línea DS-160 y para pagar la cuota de solicitud de visa.
- Adjunte una fotografía tomada dentro de los últimos 6 meses como parte del proceso del DS-160, respetando las indicaciones detalladas para tomar y presentar una fotografía de calidad en el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos.
- Al completar el formulario DS-160 se generará una página de confirmación con un código de barras, imprima esta hoja y consérvela.
- Envíe a su correo una copia de seguridad del formulario DS-160.
- Pague la tasa del visado, al pagar la tarifa recibirá un recibo de pago que debe conservar para próximos trámites. También puede haber otros cargos según el país o la Embajada desde la cual solicita el ingreso.
- Registrese en el servicios oficial de información y citas de VISA en los Estados Unidos.
- Cancelar los aranceles correspondiente a la solicitud por medio del sitio web del centro de citas o por vía telefónica según la disponibilidad de cada país.
- Programar su cita en el servicios oficial de información y citas de VISA en los Estados Unidos.
- Imprima la carta de confirmación de la entrevista y muéstrela al oficial de la Embajada.
- Complete su carpeta con toda la documentación requerida para la entrevista.
- El oficial de entrevistas le informará al final de su entrevista si su visa es aprobada o denegada. Si es aprobado, el oficial de entrevistas le dirá cuándo debe esperar recibir su visa.
- Si es aprobado, el oficial de entrevistas le dirá cuándo recibirá su visa.
- En caso de aprobación, dirigirse a la oficina local DHL que seleccionó previamente en su cita para el retiro de pasaporte y visa.
Consideraciones Especiales
- Una huelga u otra dificultad laboral que implique una interrupción del trabajo en el lugar de empleo previsto puede afectar a un comerciante de tratado o la capacidad del empleado para obtener el estatus E-1.
- No se requiere presentar un nuevo formulario I-129 para notificar a USCIS sobre cambios no substanciales. Sin embargo, un comerciante u organización de tratado puede buscar asesoría de USCIS para determinar si un cambio se considera substancial. Para solicitar asesoramiento, el comerciante u organización del tratado debe mostrar el formulario I-129 junto con la tarifa y una descripción detallada del cambio.
- A un no inmigrante E-1 que viaja al exterior por lo general se le puede otorgar un período automático de readmisión de dos años cuando regrese a Estados Unidos. No siendo necesario presentar un nuevo formulario I-129 en este caso.
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Fuentes bibliográficas