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La visa de comerciante por tratado E-1, permite a un extranjero procedente de un país de tratado comercial, ser admitido en Estados Unidos únicamente para participar en el comercio internacional a nombre suyo. Ciertos empleados de dicha persona o de una organización calificada, también pueden optar por esta clasificación.

Duración

Este visado tiene una vigencia de 2 años.

Renovación

Hasta 2 años cada una sin límite de prórrogas.

Entidad Encargada

El Consulado o la Embajada de EE. UU. pertinente toma una decisión sobre la solicitud de visa inicial. El Centro de Servicios del USCIS procesa las renovaciones.

Requisitos para solicitar la visa E-1 de Estados Unidos

Para solicitar una visa E-1 fuera de los Estados Unidos, debe presentar varios documentos en el consulado del país del cual se trate. Tales como:

  1. Formulario de Solicitud IS-156E que incluya dirección de correo electrónico válida.
  2. Copia a color de la página de datos biográficos de su pasaporte.
  3. Curriculum vitae.
  4. Fotografía reciente del solicitante cumpliendo con los requisitos para fotografías.
  5. Llenar el formulario de visa de no inmigrante (DS-160).
  6. Artículos de incorporación (para corporaciones) u organizaciones con riesgos limitados para negocios americanos, al igual que certificados administrativos o formativos, certificados de acciones y/o acuerdos de operación para verificar la propiedad.
  7. Hoja de cálculo con las transacciones internacionales pertinentes entre países del tratado durante el último año calendario.

Para optar por la clasificación E-1, el comerciante o empresa por tratado debe demostrar que:

  • Es ciudadano de un país con el cual los Estados Unidos tiene un tratado o convenio de comercio y navegación
  • El comercio que lleva a cabo es de índole sustancial, es decir poseer un volumen continuo y considerable de comercio.
  • El comercio que usted llevará a cabo es principalmente un intercambio entre los Estados Unidos y el país con tratado del cual está calificando como E-1.
  • El título de los artículos comercializados se debe transferir de una de las partes implicadas a la otra.
  • El solicitante de la visa debe tener conocimientos altamente especializado, para un desempeño eficaz de la compañía. Los trabajadores sin este conocimiento no califican.

Para optar por la clasificación E-1, el empleado de un comerciante por tratado debe:

  • Tener la misma nacionalidad del empleador extranjero principal (que debe tener la nacionalidad del país del tratado)
  • Cumplir con la definición de «empleado» según la ley pertinente, O bien participar en funciones de un carácter ejecutivo o de supervisión, o si se desempeña en una capacidad menor, tener calificaciones especiales.

Obligaciones del inmigrante

Un comerciante o empleado de tratado solo puede trabajar en la actividad para la cual fue admitido en el momento en que se otorgó la clasificación. Sin embargo, un empleado E-1 también puede trabajar para la compañía matriz de la organización del tratado o una de sus subsidiarias, siempre que:

  • Se establezca una relación entre las organizaciones.
  • El empleo subsidiario requiera habilidades ejecutivas, de supervisión, o esenciales.
  • Los términos y condiciones de empleo no hayan cambiado.

Pasos para obtener el visado

  1. Llenar los formularios de solicitudes IS-156E
  2. Visite el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos para llenar el formulario de Solicitud de Visa de No Inmigrante en Línea DS-160 y para pagar la cuota de solicitud de visa.
  3. Adjunte una fotografía tomada dentro de los últimos 6 meses como parte del proceso del DS-160, respetando las indicaciones detalladas para tomar y presentar una fotografía de calidad en el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos.
  4. Al completar el formulario DS-160 se generará una página de confirmación con un código de barras, imprima esta hoja y consérvela.
  5. Envíe a su correo una copia de seguridad del formulario DS-160.
  6. Pague la tasa del visado, al pagar la tarifa recibirá un recibo de pago que debe conservar para próximos trámites. También puede haber otros cargos según el país o la Embajada desde la cual solicita el ingreso.
  7. Registrese en el servicios oficial de información y citas de VISA en los Estados Unidos.
  8. Cancelar los aranceles correspondiente a la solicitud por medio del sitio web del centro de citas o por vía telefónica según la disponibilidad de cada país.
  9. Programar su cita en el servicios oficial de información y citas de VISA en los Estados Unidos.
  10. Imprima la carta de confirmación de la entrevista y muéstrela al oficial de la Embajada.
  11. Complete su carpeta con toda la documentación requerida para la entrevista.
  12. El oficial de entrevistas le informará al final de su entrevista si su visa es aprobada o denegada. Si es aprobado, el oficial de entrevistas le dirá cuándo debe esperar recibir su visa.
  13. Si es aprobado, el oficial de entrevistas le dirá cuándo recibirá su visa.
  14. En caso de aprobación, dirigirse a la oficina local DHL que seleccionó previamente en su cita para el retiro de pasaporte y visa.

Consideraciones Especiales

  • Una huelga u otra dificultad laboral que implique una interrupción del trabajo en el lugar de empleo previsto puede afectar a un comerciante de tratado o la capacidad del empleado para obtener el estatus E-1.
  • No se requiere presentar un nuevo formulario I-129 para notificar a USCIS sobre cambios no substanciales. Sin embargo, un comerciante u organización de tratado puede buscar asesoría de USCIS para determinar si un cambio se considera substancial. Para solicitar asesoramiento, el comerciante u organización del tratado debe mostrar el formulario I-129 junto con la tarifa y una descripción detallada del cambio.
  • A un no inmigrante E-1 que viaja al exterior por lo general se le puede otorgar un período automático de readmisión de dos años cuando regrese a Estados Unidos. No siendo necesario presentar un nuevo formulario I-129 en este caso.

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Fuentes bibliográficas