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La visa E-2 para inversionista por tratado comercial, es aquella que permite al extranjero, con el cual Estados Unidos mantiene un convenio de comercio y navegación, ser admitido en Estados Unidos al invertir un capital sustancial en una empresa estadounidense. También ciertos empleados de dicha persona u organización calificada pueden optar por esta clasificación.
Tabla de Contenido
Duración
Esta visa tiene una vigencia de 2 años.
Renovación
Hasta 2 años cada una sin límite de prórrogas.
Entidad encargada
El Consulado o Embajada de los Estados Unidos toma una decisión sobre la solicitud de la visa. El centro de servicios de USCIS procesa las renovaciones.
Requisitos para solicitar la visa E-2 de los Estados Unidos
Para optar por la clasificación E-2, el Inversionista por tratado debe cumplir con las siguientes condiciones:
- Ser ciudadano de un país con el cual Estados Unidos tiene un tratado de comercio y navegación.
- Haber invertido o estar en un proceso de inversión de capital en una empresa genuina en los Estados Unidos, el cual representa un aporte importante a la economía del país.
- Tratar de ingresar a Estados Unidos solamente para desarrollar y dirigir la empresa de inversión, para lo cual debe mostrar tener propiedad de al menos el 50% de la empresa, o posesión del control operacional mediante un puesto gerencial o cualquier otro dispositivo corporativo.
Para optar por la clasificación E-2, el empleado de un inversionista de tratado debe cumplir con las siguientes condiciones:
- Tener la misma nacionalidad del empleador extranjero principal (que debe tener la nacionalidad del país del tratado)
- Cumplir con la definición de “empleado” según la ley pertinente.
- Participar en funciones de carácter ejecutivo o de supervisión, o si se emplea en una capacidad menor tener calificaciones especiales.
Los siguientes documentos son requeridos son:
- Documento de identidad
- Llenar Formulario de solicitud de visa DS-160.
- Pasaporte vigente.
- Fotografía reciente del solicitante cumpliendo con los requisitos para fotografía
Obligaciones del inmigrante
Un inversionista o empleado que solicite la visa E-2 solo puede trabajar en la actividad para la cual fue aprobada la visa, en el momento en que se ha otorgado el visado, no obstante un empleado E-2, también puede trabajar para la empresa matriz de la organización del tratado o una de sus subsidiarias siempre que:
- Se establezca una relación entre las organizaciones.
- El empleo subsidiario requiera habilidades ejecutivas, de supervisión o esenciales.
- Los términos y condiciones de empleo no hayan cambiado.
Pasos para obtener el visado
- Visite el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos para llenar el formulario de Solicitud de Visa de No Inmigrante en Línea DS-160 y para pagar la cuota de solicitud de visa.
- Adjunte una fotografía tomada dentro de los últimos 6 meses como parte del proceso del DS-160, respetando las indicaciones detalladas para tomar y presentar una fotografía de calidad en el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos.
- Al completar el formulario DS-160 se generará una página de confirmación con un código de barras, imprima esta hoja y consérvela.
- Envíe a su correo una copia de seguridad del formulario DS-160.
- Pague la tasa del visado, al pagar la tarifa recibirá un recibo de pago que debe conservar para próximos trámites. También puede haber otros cargos según el país o la Embajada desde la cual solicita el ingreso.
- Registrese en el servicios oficial de información y citas de VISA en los Estados Unidos.
- Cancelar los aranceles correspondiente a la solicitud por medio del sitio web del centro de citas o por vía telefónica según la disponibilidad de cada país.
- Programar su cita en el servicios oficial de información y citas de VISA en los Estados Unidos.
- Imprima la carta de confirmación de la entrevista y muéstrela al oficial de la Embajada.
- Complete su carpeta con toda la documentación requerida para la entrevista.
- El oficial de entrevistas le informará al final de su entrevista si su visa es aprobada o denegada. Si es aprobado, el oficial de entrevistas le dirá cuándo debe esperar recibir su visa.
- Si es aprobado, el oficial de entrevistas le dirá cuándo recibirá su visa.
- En caso de aprobación, dirigirse a la oficina local DHL que seleccionó previamente en su cita para el retiro de pasaporte y visa.
Consideraciones Especiales
- Una huelga o disputa laboral que implique una interrupción del trabajo puede afectar a un comerciante de tratado o la capacidad del empleado para obtener el estatus E-2.
- No se requiere presentar un nuevo formulario I-129 para notificar a USCIS cambios no sustantivos. Sin embargo un inversionista u organización de un tratado puede buscar el consejo de USCIS para determinar si un cambio se considera sustantivo. Para solicitar asesoramiento el inversionista u organización del tratado debe presentar el formulario I-129 con una tarifa y descripción completa del cambio.
- El inversionista o empleado del tratado E-2 puede viajar al exterior y por lo general se le otorga un período de admisión automáticos de 2 años cuando regresa a los Estados Unidos.
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Fuentes bibliográficas