Saltar al contenido

Las visas R-1 para religiosos facilita la estadía temporal para aquellas personas que requieran realizar actividades religiosas en territorio estadounidense, siempre que la actividad esté debidamente justificada.

Duración

La visa R-1 tendrá una vigencia de hasta dos años y medio meses. El período total de estadía del trabajador religioso en los Estados Unidos en la clasificación R-1 no puede exceder los cinco años (60 meses).

Renovación

Las extensiones para esta categoría de visa pueden ser de 30 meses adicionales.

Entidad encargada

La entidad encargada para la asignación de la visa R-1 es el servicio de ciudadanía e inmigración de Estados Unidos (USCIS).

Requisitos

A continuación, se describen los documentos que debe presentarse para establecer la elegibilidad y presentar el Formulario I-129 para un no inmigrante R-1:

  • Prueba de indemnización asalariada o no asalariada.
    • Los trabajadores religiosos en general deben ser compensados. La compensación puede incluir una compensación asalariada o no asalariada. La organización religiosa debe mostrar cómo se apoyará al trabajador religioso (no inmigrante o inmigrante) en los Estados Unidos.
    • El USCIS puede considerar evidencia de autosuficiencia sólo para ciertos misioneros no inmigrantes.
    • Para los trabajadores religiosos no inmigrantes temporales que ingresan en la categoría R-1, si se reclama la autosuficiencia, el peticionario debe presentar evidencia verificable de que está participando en un programa establecido para trabajo temporal sin compensación dentro de la organización solicitante.
    • El programa debe ser parte de un programa internacional más amplio de trabajo misionero patrocinado por la organización.
  • Documentos del IRS entre ellos puede encontrar:
    • Formulario W-2 del trabajador religioso o las declaraciones de impuestos certificadas.
    • Si los documentos no están disponibles, explique el porqué no y proporcione documentación comparable y verificable.
  • Evidencia verificable que demuestre cómo la organización compensará al trabajador religioso.
  • Una organización religiosa sin fines de lucro y que tiene su propio servicio de Impuestos Internos (IRS) 501 (c) (3) individual, debe mostrar como evidencia:
    • Una carta de determinación actualmente válida del IRS que muestra que la organización está exenta de impuestos.
  • Una organización religiosa de buena fe y sin fines de lucro reconocida como exenta de impuestos bajo una exención tributaria grupal, debe mostrar como evidencia:
    • Carta de determinación actualmente válida del IRS que establece la organización está exento de impuestos.
    • Grupo que certifica que la organización está exenta de pagar impuesto.
  • Una organización de buena fe que está afiliada a la denominación religiosa y a la que se le otorgó el estatus de exenta de impuestos bajo la sección 501(c)(3), o enmienda subsiguiente o secciones equivalentes de promulgaciones anteriores del Código de Rentas Internas, como algo que no sea una organización religiosa.Debe mostrar como evidencia:
    • Carta de determinación actualmente válida del IRS que establece que la organización está exenta de impuestos.
    • Documentación que establezca la naturaleza religiosa y el propósito de la organización.
    • Literatura organizacional que describe el propósito religioso y la naturaleza de las actividades de la organización.
    • Certificación de denominación religiosa que indique que la organización solicitante está afiliada a la denominación religiosa.
  • Los documentos que muestran que el trabajador religioso ocupará un puesto que forma parte de un programa establecido para el trabajo misionero temporal y sin compensación.
  • Evidencia que forma parte de un programa internacional más amplio de trabajo misionero patrocinado por la organización.
  • Evidencia que demuestra que la organización tiene un programa establecido para el trabajo misionero temporal sin compensación en el que:
    • Trabajadores extranjeros compensados o no compensados que anteriormente tenían el estatus R-1.
    • Los trabajadores misioneros tradicionalmente no están compensados.
    • La organización proporciona entrenamiento formal para los misioneros.
    • La participación en el trabajo de misionero es un elemento establecido del desarrollo religioso en esa organización.
  • Evidencia que demuestra que la organización mantiene programas misioneros tanto en los Estados Unidos como en el extranjero.
  • Evidencia de la aceptación del trabajador religioso en el programa misionero.
  • Evidencia de los deberes y responsabilidades asociados con este trabajo misionero tradicionalmente no compensado
  • Copias de los registros bancarios o presupuestos del trabajador religioso que documentan las fuentes de autosuficiencia. Estos pueden incluir:
    • Ahorros personales o familiares.
    • Alojamiento y comida con familias anfitrionas en los Estados Unidos.
    • Donaciones de las iglesias de la organización u otra evidencia verificable.
  • Prueba de que el trabajador religioso es miembro de una organización religiosa sin fines de lucro, en los Estados Unidos durante al menos dos años antes de la presentación del formulario I-129.
  • Si el trabajador religioso realiza funciones como ministro debe presentar:
    • Copia del certificado de ordenación del trabajador religioso o documentos similares.
    • Los documentos que muestran la aceptación de la calificación del trabajador religioso como ministro en la organización religiosa.
    • Evidencia de que él o ella completó algún curso de educación teológica prescrita en una institución teológica acreditada.
    • Incluya transcripciones, currículo y documentación que establezca que la institución teológica está acreditada por la organización.
    • Si la organización religiosa no requiere una educación teológica debe presentar:
      • Los requisitos de la organización religiosa para la ordenación de ministros.
      • Lista de los deberes realizados en virtud de la ordenación.
      • Los niveles de ordenación de la organización.
      • Evidencia de que el obrero religioso haya completado los requisitos de la organización para la ordenación.
  • Si el trabajador religioso no recibió salario, pero se mantuvo por sí mismo y a los dependientes, debe proporcionar documentos verificables para mostrar cómo se mantuvo, los documentos pueden incluir:
    • Estados financieros auditados.
    • Registros de instituciones financieras.
    • Estados de cuentas de corretaje o documentos de fideicomiso firmados por un abogado.

Obligaciones del Inmigrante

  1. Los trabajadores religiosos no inmigrantes deben mantener la intención de salir de los Estados Unidos cuando caduque su estadía de no inmigrante.
  2. El trabajador religioso debe notificar al (USCIS) la intención de cambiar de estado en el que trabaja.
  3. El trabajador religioso no puede exceder un periodo máximo a los 5 años en los EE.UU.
  4. El peticionario debe notificar a USCIS dentro de los 14 días de cualquier cambio en el empleo del trabajador religioso no inmigrante.
  5. El peticionario también debe notificar a USCIS cuando se termina el empleo.

Pasos para obtener el visado

  1. Su posible empleador debe presentar el Formulario I-129 de petición para trabajador no Inmigrante, ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS). A nombre de los ciudadanos extranjeros que desean ingresar a los Estados Unidos como ministro no inmigrante, o un trabajador religioso.
  2. Este proceso le permite al USCIS revisar la petición para determinar si la organización solicitante y el beneficiario ha cumplido con sus respectivos requisitos de elegibilidad para esta clasificación de no inmigrante.
  3. Tras la aprobación de la petición, la oficina consular determina si el extranjero es elegible para recibir la visa de no inmigrante R-1. Al igual que con todas las personas que aparecen en los puertos de entrada, EE.UU. Aduanas y Protección Fronteriza.
  4. Los trabajadores exentos de visa deben presentar el formulario I-797 original, Aviso de acción, en un puerto de entrada como prueba de una petición aprobada del Formulario I-129.
  5. Junto con el Formulario I-129, el solicitante debe incluir evidencia de elegibilidad para la clasificación buscada.

Consideraciones especiales

  • Para que el trabajador religioso cambie de empleador, el nuevo peticionario debe presentar un nuevo Formulario I-129, certificado y evidencia de apoyo.
  • Los peticionarios también deben notificar a USCIS de cualquier terminación de empleo R-1.
  • Los ministros, a diferencia de otros trabajadores religiosos, pueden pasar de un ministerio a otro dentro de una organización sin una nueva petición.
  • El cónyuge de un trabajador religioso R-1 y los hijos solteros menores de 21 años pueden ser elegibles para la clasificación R-2.
  • Un peticionario puede solicitar una exención en virtud de la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa (RFRA). La solicitud escrita debe acompañar la petición primaria, y debe explicar lo siguiente:
    • Si debe realizar una actividad prohibida por una creencia religiosa.
    • Previene la participación en conductas motivadas por una creencia religiosa sincera.
  • El solicitante debe apoyar la solicitud con la documentación necesaria. El USCIS decidirá las solicitudes de exención caso por caso.
  • Debe consignar una copia duplicada del Formulario I-129 y de todos los documentos de respaldo. Si no presenta una copia duplicada a USCIS puede ocasionar un retraso en la emisión de una visa.
  • Cómo solicitar la visa R-1: religiosos para ingresar a los Estado unidos

También te puede interesar

Paso a paso para emigrar a Estados Unidos

Tipos de visas en Estados Unidos


Fuentes bibliográficas

U.S. Citizenship and Inmigration services “temporary wokers , R-1 Temporary Religious wokers

consultado el 3 de Junio de 2019.