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El sistema de Obras Sociales (OS), también conocido como seguridad social obligatoria, es uno de los tres subsistemas de salud que existen en Argentina. Las Obras Sociales se encargan de brindarle servicios médicos y asistencia social a los trabajadores dependientes y jubilados del régimen nacional de previsión social, incluyendo a otras áreas que varían según el tipo de Obra Social.

 

Entidad encargada

Las entidades encargadas y relacionadas con las Obras Sociales son diversas, sin embargo, la Superintendencia de Servicios de Salud (SSSalud) y el Ministerio de Salud de la Nación (MSN) son los organismos encargados del Sistema de Obras Sociales.

 

Usuarios previstos

Los usuarios beneficiados por el sistema de salud “Obras Sociales” o seguridad social son principalmente los trabajadores dependientes, autónomos registrados, jubilados y beneficiarios especiales (por convenio) de un organismo de Obras Sociales.

Las Obras Sociales abarcan al mayor número de usuarios en atención médica en Argentina, lo que las convierte en un eje importante para la salud y tratamiento de los ciudadanos. La mayoría de servicios de las instituciones de Obras Sociales se extienden hacia los familiares de los beneficiados, incluyendo a los cónyuges y a la familia cercana de estos (hijos o menores de edad bajo su custodia).

 

Requisitos

Para tener acceso a las Obras Sociales, el inmigrante debe cumplir con los requisitos individuales de la institución de Obras Sociales de su región que le corresponda según su condición de trabajador (si es pensionado, trabajador dependiente o independiente).

Estos requisitos se aplican tanto para los ciudadanos argentinos como para los inmigrantes residentes, variando según el tipo de Obras Sociales a la que se afilie la persona.

Puede ser beneficiario de una Obra Social si cumple con las siguientes condiciones:

  • Ser trabajador bajo relación de dependencia (sector privado formal o sector público nacional).
  • Estar jubilado o pensionado.
  • Ser beneficiario de pensiones no contributivas. Estas pensiones se le otorgan a las personas en estado de vulnerabilidad social. Se dividen principalmente entre pensiones de vejez (o jubilación por edad), invalidez o por hijos (para madres o padres) en caso de familias muy numerosas de siete o más hijos.
  • Pertenecer al grupo familiar primario de un trabajador dependiente o monotributista, pensionado o jubilado, o beneficiario de pensiones no contributivas. En este caso, la cobertura de la Obra Social se extiende al grupo familiar primario, es decir, al cónyuge, hijos menores de veintiún años o hijos con discapacidad.
  • Ser trabajador independiente o monotributista (quienes pagan una cotización previsional fija al Estado), o trabajar como prestador de servicio doméstico (mayordomo, jardinero, personal de cuidado, entre otros).
  • Personal de las Fuerzas Armadas Argentinas (FFAA), de seguridad, judicial y universitarios que se encuentren realizando una pasantía paga o sean trabajadores.
  • Todo aquel trabajador que realice el aporte acordado por el Estado o sea beneficiario de un convenio.

 

Cómo ingresar al sistema de Obras Sociales en Argentina

Para afiliarse al sistema de Obras Sociales, debe tener en cuenta que existen diferentes instituciones que cubren las necesidades de un grupo específico de personas, las cuales poseen formas de financiamiento y marcos normativos propios. Por lo tanto, el individuo podrá seleccionar el tipo de Obra Social dependiendo de sus características personales (trabajo, ingresos, entre otros).

 

Para ingresar al sistema de Obras Sociales en Argentina debe:

  • Cumplir con algunas de las condiciones mencionados anteriormente
  • Poseer la residencia legal en el país, sea temporal o indefinida.
  • Disponer de todos los documentos de identidad, registros médicos, actualizados.
  • Asegurarse que todo esté en orden con su contrato de trabajo (que cumpla con las normativas argentinas vigentes).
  • Dirigirse a la institución o a un representante de Obras Sociales a la que se desee afiliarse.
  • Consulte sobre el beneficio de seguridad social a la cual tiene derecho según sus características. Sea que el individuo pertenezca a las Obras Sociales sindicales, de convenio, administración mixta, administración central del Estado Nacional, a las Obras Sociales de empresas y sociedades. O a las Obras Sociales del personal de dirección, las constituidas por convenio con empresas privadas o públicas, o a las Obras Sociales de personal civil, Fuerzas Armadas y de seguridad.
  • Presentar los documentos solicitados por la institución y realizar los trámites requeridos para la afiliación.

 


 

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Fuentes bibliográficas